La Voz T13 – Contrato participante grupo final

REUNIDOS

DE UNA PARTE.- Dña. NATHALIE GARCÍA, en representación de ITV STUDIOS IBERIA, S.L., con CIF B-56622293 y domicilio en Madrid, Calle de Vizcaya nº 12, 5ª planta, en adelante LA PRODUCTORA, en su condición de consejera delegada.

Y DE OTRA, en adelante EL CONCURSANTE, actuando en su propio nombre y representación:

Nombre:

Apellidos:

DNI/ NIE/ Pasaporte:

Dirección:

Ciudad:

ID:

EL CONCURSANTE forma parte de un grupo artístico (dúo, trío, cuarteto u otras formaciones), que se ha identificado con el nombre artístico de: “ ” (en lo sucesivo, el GRUPO ARTÍSTICO”), junto con las siguientes personas:

LA PRODUCTORA y el CONCURSANTE se reconocen capacidad para otorgar el presente documento y, a tal efecto,

EXPONEN

I.- Que LA PRODUCTORA, es una sociedad dedicada a la producción de toda clase de productos audiovisuales, y actualmente produce la TEMPORADA 13 del programa de talent musical denominado LA VOZ TEMPORADA 13, en adelante EL PROGRAMA, que constará principalmente de un concurso en plató y tiene prevista su primera explotación en los medios de ATRESMEDIA.
II.- A tales efectos la PRODUCTORA ha realizado un proceso de selección de concursantes, habiendo elegido finalmente a un número aproximado de 100 candidatos entre los que se encuentra EL CONCURSANTE.
III.- Que dada la oportunidad de promoción artística que supone su participación en el PROGRAMA, así como la posibilidad de optar al premio que se concede al ganador del PROGRAMA, el CONCURSANTE tiene interés en participar en el PROGRAMA como parte del GRUPO ARTÍSTICO, de conformidad con las bases generales del mismo y las condiciones que se establecen en el presente contrato.

A tal fin las partes suscriben el presente contrato, que se llevará a cabo a tenor de las siguientes

ESTIPULACIONES

PRIMERA.- Por el presente contrato la PRODUCTORA y el CONCURSANTE acuerdan las condiciones de la participación de este último como miembro de un GRUPO ARTÍSTICO y, por tanto, como si todos los integrantes de ese GRUPO ARTÍSTICO fueran un solo concursante en EL PROGRAMA, de conformidad con las bases generales que se adjuntan como ANEXO I al presente contrato y las condiciones que a continuación se establecerán.

SEGUNDA.- El PROGRAMA constará de 13 episodios divididos en tres fases diferenciadas que se desarrollarán a lo largo de SEIS meses, conforme se establece en las bases anexas y calendario de producción del PROGRAMA.
El CONCURSANTE participará en las fases de PROGRAMA hasta que resulte eliminado, conforme a las reglas del formato que se establecen en las bases anexas, acudiendo a todas las sesiones de promoción, ensayos y grabación para las que fuera convocado, atendiendo, en todo momento las directrices e instrucciones impartidas por la Dirección del PROGRAMA a la que prestará la máxima colaboración poniendo a su disposición su máxima capacidad y sentido artístico.
No obstante, el presente contrato podrá resolverse anticipadamente por la PRODUCTORA, sin obligación de indemnización alguna, en el supuesto de que por cualquier causa se suspendiera o cancelase la producción del PROGRAMA por extinción o suspensión del contrato de encargo de producción del PROGRAMA, o en caso de que el CONCURSANTE fuera descalificado por incumplimiento de las bases del concurso o por incumplimiento de las obligaciones y garantías otorgadas por el presente contrato.

TERCERA.- El CONCURSANTE declara tener disponibilidad plena a partir de la firma del presente contrato, para acudir a las promociones y otras actividades comerciales que tengan que ver de manera directa o indirecta con EL PROGRAMA, así como para acudir a los ensayos y grabaciones del PROGRAMA para los que fuera requerido, y se compromete a hacerlo hasta la terminación de la producción del PROGRAMA, aun cuando hubiera sido eliminado, adaptándose a los horarios que se le indiquen, siguiendo estrictamente las instrucciones organizativas que imparta la PRODUCTORA y el plan de grabación del PROGRAMA. En el supuesto de que incumpla estas garantías, el CONCURSANTE vendrá obligado a abonar como indemnización, todos los daños y perjuicios que le ocasione a LA PRODUCTORA, los cuales incluirán, en todo caso, el coste de producción del episodio o episodios del PROGRAMA que deban invalidarse por estas circunstancias.
A efectos informativos se adjunta al presente contrato como ANEXO II el plan de producción previsto. En caso de que tuviera que ser modificado, la PRODUCTORA comunicará al CONCURSANTE con la mayor antelación posible las nuevas fechas y horarios de ensayos y grabaciones u otras actividades relacionadas con el PROGRAMA para las que fuera requerido, debiendo éste adaptarse a los mismos.

El CONCURSANTE no representará ningún personaje ni seguirá ningún guión preestablecido, por lo que su participación en el PROGRAMA no supone una interpretación actoral. Sin perjuicio de lo cual, EL CONCURSANTE atenderá durante las grabaciones las instrucciones impartidas por la Dirección de PROGRAMA, actuando con espontaneidad y siendo él mismo.


CUARTA.- Por el presente documento, el CONCURSANTE y LA PRODUCTORA declaran entender que corresponde a LA PRODUCTORA la plena y exclusiva titularidad de los derechos conexos a la participación del CONCURSANTE en el PROGRAMA y los derechos relativos a las interpretaciones y/o ejecuciones efectuadas, en su totalidad como en partes, que pueda realizar EL CONCURSANTE en ejecución del objeto del presente contrato, titularidad que será efectiva para todo el mundo y durante toda la duración máxima prevista por ley de tales derechos hasta su paso al dominio público y que abarcará cualesquiera modalidades de explotación y/o medios de difusión, conocidos o por conocer en los que puedan ejercerse tales derechos y/o las facultades que los integran, incluido sin carácter exhaustivo, el merchandising o explotación de productos y servicios derivados del PROGRAMA, incluido sin carácter exhaustivo los derechos comerciales de cualquier otro tipo sobre EL PROGRAMA, así como sobre material gráfico y audiovisual generado en la producción del mismo y en programas asociados y derivados del PROGRAMA.

A tal fin, y en la medida en que ello sea necesario, el CONCURSANTE cede a LA PRODUCTORA, con toda la amplitud admitida en Derecho, sin limitación territorial y con carácter de exclusiva, los derechos de fijación, reproducción, comunicación pública -incluida entre otros la puesta a disposición, transformación (incluido, pero no limitado a, el doblaje, traducción y subtitulado en cualquier idioma) y distribución que le corresponden sobre las interpretaciones y/o ejecuciones objeto del presente acuerdo.

Los citados derechos se ceden con la extensión suficiente para permitir a LA PRODUCTORA realizar libremente y en exclusiva una explotación integral de las grabaciones audiovisuales obtenidas con las interpretaciones del CONCURSANTE, incluso independientemente del PROGRAMA, incluyendo, sin carácter exhaustivo, la explotación del merchandising o explotación de productos y servicios derivados del PROGRAMA y derechos comerciales de cualquier otro tipo sobre EL PROGRAMA, así como sobre material gráfico y audiovisual generado en la producción del mismo, y programas asociados y derivados del PROGRAMA, de conformidad con los requerimientos establecidos por LA PRODUCTORA.

A tales efectos, se incluyen en la cesión otorgada todas y cada una de las formas de ejercicio de los derechos anteriormente citados que se establecen en el Sección 2ª del Capítulo III del Título II del Libro I del TRLPI, incluida la puesta a disposición en Internet o cualquier sistema de comunicación en red y cualquier forma de explotación audiovisual a través de cualquier medio, procedimiento técnico, formato o sistema, y la inclusión de la participación del CONCURSANTE en redes sociales, así como el doblaje, incluido, entre otros, en su propio idioma, o subtitulado de sus interpretaciones y/o ejecuciones, y la transformación de las grabaciones audiovisuales de su interpretación y/o ejecución para incluirla en obras de carácter multimedia, así como cualquier otro acto de transformación sobre la grabación audiovisual que tenga como objetivo una mayor explotación de la misma, incluida, sin carácter exhaustivo, su utilización en otras obras y grabaciones audiovisuales, así como en productos promocionales o derivados de EL PROGRAMA, como publicación del disco del PROGRAMA, colecciones y álbumes de cromos con y sin contenido audiovisual vinculado, etc.

Por otro lado, EL CONCURSANTE autoriza a LA PRODUCTORA la captación de su imagen (incluyendo entre otros, su nombre, voz, rostro etc.) durante la vigencia del presente contrato, ya sea en el plató del PROGRAMA o fuera de él (backstage, redes sociales, salas de trabajo del PROGRAMA, actos de publicidad y promoción, etc). EL CONCURSANTE autoriza a LA PRODUCTORA de manera indefinida, para todos los territorios, y por todos los medios de explotación, la explotación de los registros audiovisuales, sonoros y fotografías resultantes del CONCURSANTE, incluido, sin carácter exhaustivo, el merchandising o explotación de productos y servicios derivados del PROGRAMA, entre otros, la revista del PROGRAMA, participación en redes sociales, etc.

En relación con cualquier material que el CONCURSANTE ponga a disposición de la PRODUCTORA para el PROGRAMA como, a título ejemplificativo pero no limitativo, grabaciones, videos, fotografías, documentos, audios etc. (los “Materiales”), el CONCURSANTE cede los derechos de imagen (incluidos, entre otros, la voz, nombre, rostro, apariencia etc.) y de propiedad industrial e intelectual sobre los Materiales, para su explotación por cualquier medio, soporte o formato y a través de cualquier sistema, procedimiento o modalidad de transmisión, comunicación o distribución, ya sea gratuito o de pago, utilizando los Materiales solo o conjuntamente con otros, todo ello con el alcance y en la medida necesaria para que la PRODUCTORA puedan incluirlos única y exclusivamente en el PROGRAMA y en los materiales promocionales y derivados en los términos regulados en este Contrato. El CONCURSANTE garantiza a LA PRODUCTORA haber obtenido de las demás personas que figuran en LOS MATERIALES, si las hubiera, todas las autorizaciones y derechos de imagen correspondientes, con facultad de cesión a terceros, de forma no exclusiva.

Esta cesión a favor de la PRODUCTORA comprende todos los derechos de explotación y en especial, los derechos de fijación, reproducción, distribución, comunicación pública -incluida la puesta a disposición- y transformación (incluido, pero no limitado a, el doblaje, traducción y subtitulado en cualquier idioma), incluyendo la publicidad, promoción y marketing del PROGRAMA en cualquier medio.

La cesión de los Materiales se entiende realizada con carácter no exclusivo, para todo el mundo, con expresa facultad de cesión a terceros, y por todo el tiempo de duración máxima prevista por ley de tales derechos hasta su paso al dominio público (con independencia de la duración prevista para este Contrato) únicamente respecto de los Materiales (o parte de los mismos) que finalmente se incluyan como contenido del PROGRAMA para poder explotarlo comercialmente (pero no para la explotación de los Materiales de forma separada e independiente del PROGRAMA).

El CONCURSANTE conoce y acepta que LA PRODUCTORA no adquiere compromiso alguno respecto de la distribución y comunicación pública del PROGRAMA y no estará en ningún caso obligada a incluir las interpretaciones y/o ejecuciones del CONCURSANTE ni los Materiales en EL PROGRAMA.

La participación de EL CONCURSANTE en EL PROGRAMA y todas las autorizaciones y cesiones de derechos con las finalidades y los usos establecidos en el Contrato para la normal explotación de EL PROGRAMA, tienen carácter gratuito. Por lo tanto, LA PRODUCTORA no tendrá que pagar ninguna cantidad a EL CONCURSANTE y EL CONCURSANTE entiende y acepta que no podrá reclamar ninguna cantidad por dichos conceptos a LA PRODUCTORA y/o a cualquier tercero relacionado con la producción/explotación de EL PROGRAMA.

LA PRODUCTORA se reserva el derecho a transferir, ceder, licenciar o autorizar a terceros, con plena libertad, en exclusiva o no en exclusiva, los derechos que por este contrato ha adquirido.

QUINTA.- EL CONCURSANTE garantiza a LA PRODUCTORA que es titular, sin limitaciones y en exclusiva, de todos los derechos que se derivan de su actividad artística y que puede disponer de ellos con absoluta libertad sin que tenga contraídos compromisos previos que limiten esta facultad de disposición ni limiten su plena disponibilidad para participar en el PROGRAMA en los términos aquí recogidos. Igualmente, el CONCURSANTE garantiza que su participación en EL PROGRAMA no vulnerará derechos de terceros.

Asimismo, EL CONCURSANTE declara y garantiza a la PRODUCTORA que es titular de todos los derechos sobre los Materiales o tiene concedidas todas las licencias y otorgados todos los derechos necesarios sobre ellos para dar cumplimiento a esta cláusula, incluyendo todas las autorizaciones y derechos de imagen correspondientes a otras personas que aparezcan en los materiales, si las hubiera.

El CONCURSANTE exonerará y mantendrá indemne a LA PRODUCTORA de cualquier perjuicio que le pudiera ser causado como consecuencia de un incumplimiento de las anteriores garantías.

SEXTA.- En el supuesto que el CONCURSANTE instase la revocación de la autorización de la cesión de los derechos efectuada para la producción del PROGRAMA o instase la revocación total o parcial de la cesión de los datos personales cedidos a LA PRODUCTORA, al objeto o de forma tal que impida a LA PRODUCTORA realizar pacíficamente la explotación de los derechos de propiedad intelectual y de imagen cedidos y/o de los registros audiovisuales obtenidos del CONCURSANTE y del PROGRAMA conforme a la cesión de derechos referida en la CLÁUSULA CUARTA, el CONCURSANTE vendrá obligado a abonar como indemnización, con anterioridad a la revocación que se vaya a realizar, todos los daños y perjuicios que el cumplimiento de tales requisitos ocasionen a LA PRODUCTORA, los cuales incluirán, en todo caso, el coste de producción del episodio o episodios del PROGRAMA que deban invalidarse por estas circunstancias.

SÉPTIMA.- Sin la autorización previa y expresa de la PRODUCTORA, el CONCURSANTE no podrá participar en ningún programa de televisión ni participar en ningún otro medio de comunicación diferente a los del GRUPO ATRESMEDIA, desde el inicio de la producción del PROGRAMA, hasta que transcurra un mes desde la finalización de la PRIMERA EMISIÓN COMPLETA del PROGRAMA, considerándose que su participación en el mismo se realiza en régimen de absoluta exclusiva.

En el supuesto de que incumpla esta garantía, el CONCURSANTE vendrá obligado a abonar como indemnización, todos los daños y perjuicios que le ocasione a LA PRODUCTORA.


OCTAVA.- El CONCURSANTE garantiza a la PRODUCTORA que no revelará, comunicará, difundirá ni distribuirá a ningún tercero por ningún medio, incluyendo expresamente la difusión a través de redes sociales por internet (Facebook, Tiktok, Instagram, Twitter, Youtube, Twitch, etc), información alguna sobre su participación en el PROGRAMA, sus contenidos, la producción del mismo o cualquier información a la que hubiera tenido acceso como consecuencia de estar participando en el PROGRAMA.

En el supuesto de que el CONCURSANTE ganador del concurso revelara por cualquier medio, directa o indirectamente, que ha resultado ganador del concurso, la PRODUCTORA podrá sancionar al CONCURSANTE con la retirada del premio, sin perjuicio de las acciones que pudieran corresponder para reclamarle los daños y perjuicios que se derivasen de su incumplimiento contractual.

Asimismo, el CONCURSANTE garantiza absoluta confidencialidad respecto del contenido de este contrato.

NOVENA.- El CONCURSANTE se abstendrá durante sus actuaciones de realizar menciones o mostrar o utilizar objetos que aparezcan en la pantalla y que, de cualquier modo, puedan suponer publicidad o promoción de cualquier producto o marca comercial, expresión de ideas políticas o religiosas y de actos que inciten a la violencia.

Asimismo, el CONCURSANTE se abstendrá de hacer declaraciones en medios o redes sociales que afecten a LA PRODUCTORA o ATRESMEDIA y los medios en los cuales se emita el PROGRAMA.

Si la Dirección de producción del PROGRAMA considerase conveniente la inclusión en el mismo de algún patrocinio que requiera una implicación directa del CONCURSANTE, éste deberá prestar su colaboración y atender las indicaciones de LA PRODUCTORA, salvo que tal colaboración suponga una agresión o menoscabo a su imagen personal o profesional.

DÉCIMA.- EL CONCURSANTE deberá estar a disposición, participar y concurrir a las actividades de promoción del PROGRAMA y sus productos derivados, incluida la grabación de anuncios promocionales, activos, grabación de temas musicales en estudio de grabación con fines publicitarios y promocionales, sesiones de fotografías, entrevistas, participaciones en otros programas de televisión y en actividades similares, siempre que todas ellas estén vinculadas de manera directa o indirecta con la promoción del PROGRAMA.

Asimismo, cuando empiece la emisión del PROGRAMA, EL CONCURSANTE deberá colaborar en la publicación de contenidos digitales a través de sus perfiles oficiales de redes sociales para amplificar la notoriedad del PROGRAMA.

UNDÉCIMA.- Durante la producción del PROGRAMA, EL CONCURSANTE no realizará manifestaciones que perjudiquen intereses de terceros donde se incluye LA PRODUCTORA, ATRESMEDIA y los sponsor y anunciantes del PROGRAMA, o supongan una vulneración de derechos al Honor, a la propia Imagen o a la intimidad personal y familiar, ni serán contrarios a las directrices de contenidos previstas en el «Código de Autorregulación sobre contenidos televisivos e infancia», asumiendo de forma personal y directa todas las responsabilidades penales y civiles que pudieran derivarse de su intervención en el PROGRAMA y exonerando expresamente a LA PRODUCTORA, de cualquier acción que pudieran ejercitar terceros como consecuencia de las manifestaciones efectuadas en mismo, salvo que estas procedieran de una instrucción directa de LA PRODUCTORA.

Por otro lado, respecto a las opiniones o comentarios que EL CONCURSANTE realice a través de sus perfiles en social media, redes sociales o similares, LA PRODUCTORA siempre estará facultada para emitir comunicados o notas para desmentir, rechazar o mostrar públicamente su opinión contraria a lo manifestado por ellos sin que en ningún momento esté obligada a compartir o suscribir el contenido de tales opiniones.

DECIMOSEGUNDA.- DATOS PERSONALES
Responsable del tratamiento: Se informa al CONCURSANTE de que ITV STUDIOS IBERIA, S.L, (en adelante LA PRODUCTORA), con domicilio en Calle de Vizcaya, 12, 5ª planta, 28045 Madrid, teléfono de contacto 911992004 y dirección electrónica de contacto proteccion.datos@itv.com es responsable del tratamiento de sus datos personales contenidos en este documento y de los que se deriven de su condición de concursante en el PROGRAMA.
Responsable de Protección de Datos: EL CONCURSANTE puede contactar con el Responsable de Protección de Datos de LA PRODUCTORA en la siguiente dirección electrónica: proteccion.datos@itv.com
Necesidad del tratamiento: La comunicación y el tratamiento de los datos personales del CONCURSANTE es un requisito legal necesario para el desarrollo de la relación contractual con LA PRODUCTORA, por lo que EL CONCURSANTE está obligado a facilitar dichos datos a LA PRODUCTORA, quedando informado de que, en caso contrario, no podrá desarrollarse la relación jurídica ni cumplirse las obligaciones legales. Los datos tratados del CONCURSANTE corresponden con los datos personales incluidos en el contrato así como el teléfono y el correo electrónico.
Finalidades del tratamiento de los datos y base jurídica: Los datos personales serán tratados para el desarrollo de la relación contractual, lo que incluye alta de participante en programa y gestión de su participación, envío de cualquier tipo de comunicación relacionada con su partición. Destinatarios de los datos: Con base jurídica en la relación contractual y en el cumplimiento de obligaciones legales aplicables a LA PRODUCTORA, los datos personales del CONCURSANTE serán comunicados a ATRESMEDIA, ITV STUDIOS GLOBAL ENTERTAINMENT B.V., GLOBAL MUSIC & TALENT AGENCY B.V. y a UNIVERSAL MUSIC, S.L.

Conservación de los datos: Los datos serán conservados por LA PRODUCTORA durante la vigencia de la relación contractual para los fines anteriormente indicados y, finalizada esta, los datos serán conservados durante el periodo de cinco años para la exigencia del cumplimiento de obligaciones y responsabilidades legales.
Ejercicio de derechos: EL CONCURSANTE puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación al tratamiento, oposición y portabilidad, mediante el envío a LA PRODUCTORA de una solicitud indicando el derecho que ejercita a cualquiera de las siguientes direcciones: Postal: Calle de Vizcaya, 12, 5ª planta, 28045 Madrid; Electrónica: proteccion.datos@itv.com Asimismo, al CONCURSANTE le asiste el derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos C/ Jorge Juan, 6, 28001 Madrid, 901 100 099 – 912 663 517 (www.agpd.es) en particular, cuando consideren que no han obtenido satisfacción por parte de LA PRODUCTORA en el ejercicio de sus derechos. Con carácter previo a cualquier reclamación y de forma voluntaria, EL CONCURSANTE puede contactar con el Responsable de Protección de Datos de LA PRODUCTORA en esta dirección electrónica: proteccion.datos@itv.com
Comunicación de datos de terceros: En el caso de que se proporcione a LA PRODUCTORA datos de terceras personas para la relación contractual, previamente a la cumplimentación de sus datos, el suscribiente del documento queda obligado a informar a dichos terceros de la comunicación de los datos a LA PRODUCTORA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento General de Protección de Datos.


DECIMOTERCERA.- GRUPO ARTÍSTICO.- El CONCURSANTE participará en el PROGRAMA como parte del GRUPO ARTÍSTICO y, en consecuencia, el CONCURSANTE:

autoriza a la PRODUCTORA a asociar el nombre y apellidos –y en su caso, el nombre artístico individual– del CONCURSANTE, con el nombre del GRUPO ARTÍSTICO y del resto de miembros de dicho GRUPO ARTÍSTICO,
autoriza y cede a la PRODUCTORA, en los mismos términos contenidos en este Contrato, para todo el mundo y por la máxima duración que permite la Ley, con facultad de cesión a terceros, todos los derechos necesarios, de propiedad intelectual, industrial y de análogo contenido económico, sobre el nombre, la imagen y apariencia del GRUPO ARTÍSTICO,
reconoce que el incumplimiento por él o por cualquier concursante del GRUPO ARTÍSTICO, ya sea de los compromisos contenidos en las bases generales o en su contrato, o la imposibilidad sobrevenida de cumplir con tales compromisos, dará derecho a la PRODUCTORA a eliminar o excluir al GRUPO ARTÍSTICO del PROGRAMA y, con ello, resolver los contratos de todos los concursantes del GRUPO ARTÍSTICO, incluido el del CONCURSANTE,
autoriza, no obstante, que en los mismos casos antes indicados, esto es, incumplimiento o imposibilidad sobrevenida del CONCURSANTE, el resto de miembros del GRUPO ARTÍSTICO pueda continuar en el PROGRAMA sin el CONCURSANTE o sustituyendo al mismo por otro concursante, todo ello al libre criterio de la PRODUCTORA.
DECIMOCUARTA.- Para la resolución de cualquier divergencia que pudiera derivarse de la aplicación o interpretación de este contrato, las partes, con expresa renuncia al fuero que pudiera corresponderles, se someten a la jurisdicción de los juzgados y tribunales de Madrid capital.

Y, en prueba de conformidad, las partes firman el presente contrato digitalmente, en la fecha de la firma digital.


ANEXO I
BASES DE PARTICIPACIÓN EN
EL CONCURSO “LA VOZ TEMPORADA 13”

1º) PREÁMBULO

1.1 Las presentes bases recogen la estructura y normas de funcionamiento general de la DECIMOTERCERA edición del programa-concurso “LA VOZ”, basado en el formato internacional “THE VOICE OF…” creado por John de Mol y distribuido por ITV STUDIOS GLOBAL PARTNERSHIPSB.V. Al tratarse de un programa de televisión, los CONCURSANTES conocen y aceptan que, por motivos de emisión, audiencia, como consecuencia de cualquier modificación en el plan de producción por cualquier circunstancia ajena a LA PRODUCTORA, las bases podrán modificarse unilateralmente por parte de LA PRODUCTORA. Cualquier modificación en las bases del PROGRAMA que en este sentido se realizará, respetará, en todo caso, la estructura general y el equilibrio interno de las bases originales del PROGRAMA y será comunicada a los CONCURSANTES.

1.2. “LA VOZ” es un concurso de talento, en el que los concursantes competirán entre sí a través de actuaciones musicales grabadas y/o en directo, correspondiendo al jurado (LOS COACHES) y/o al público a través de votaciones decidir los concursantes que se eliminan y finalmente el ganador del concurso, en adelante EL PROGRAMA.

1.3. EL PROGRAMA estará compuesto por 13 episodios divididos en tres fases distintas (6 episodios de Audiciones Ciegas, 4 Batallas y 3 Galas finales), que se desarrollarán a lo largo de SEIS meses de producción, conforme más adelante se explicará.

1.4. El PROGRAMA estará conducido por un PRESENTADOR, al cual acompañarán como protagonistas principales del PROGRAMA:

Los COACHES, cuatro artistas de reconocido prestigio que forman el Jurado del concurso.
El QUINTO COACH, que ayudará a rescatar concursantes, en la fase de las Batallas.
Los CONCURSANTES.


2º) ORGANIZACIÓN DEL PROGRAMA

2.1. ITV STUDIOS IBERIA S.L., (en adelante LA PRODUCTORA) tendrá la consideración de organizadora del PROGRAMA a los efectos de las presentes bases.

2.2. No obstante, UNIVERSAL MUSIC SPAIN, S.L.U, como productor discográfico designado por el titular del formato del PROGRAMA (ITV STUDIOS GLOBAL PARTNERSHIPSB.V.) será la responsable exclusiva de satisfacer el premio al ganador del concurso tal y como se dispone en la base nº 5, y exonerará y mantendrá indemne a LA PRODUCTORA de cualquier reclamación derivada del cumplimiento de estas obligaciones. A estos efectos, UNIVERSAL MUSIC SPAIN, S.L.U., suscribe las presentes bases.

3º) CONCURSANTES

3.1. Los CONCURSANTES tendrán que cumplir los siguientes requisitos:

Tener capacidad legal plena o en el caso de los menores de edad, limitada pero complementada con la autorización expresa de los representantes legales.
Residir legalmente en España y ostentar autorización suficiente para residir en España durante toda la fase de producción del PROGRAMA.
No mantener vinculación laboral con LA PRODUCTORA, ITV STUDIOS GLOBAL PARTNERSHIPS B.V., UNIVERSAL MUSIC SPAIN, S.L.U., GLOBAL MUSIC & TALENT AGENCY B.V., o ATRESMEDIA, ni él ni sus familiares directos.
Haber resultado seleccionado en el/los casting/s previos del PROGRAMA.
Haber suscrito con UNIVERSAL MUSIC SPAIN, S.L.U., el correspondiente contrato de opción para el management, la producción discográfica y de editorial, en exclusiva, de su actividad artística.
Los participantes podrán concursar individualmente, en dúo, trío, cuarteto u otras formaciones. Aquellos que participen en dúo, trío, cuarteto u otras formaciones, habrán debido ser seleccionados expresamente para participar en el concurso de esta forma. Los integrantes de cada dúo, trío u otras formaciones, serán considerados como un único CONCURSANTE individual a los efectos de las bases de este concurso.


4º) MECÁNICA DEL PROGRAMA

El PROGRAMA estará compuesto por trece episodios que tendrán la siguiente mecánica:

I. Fase de AUDICIONES CIEGAS (todos los concursantes seleccionados en los castings previos al PROGRAMA. 100 concursantes aprox.)

Las Audiciones Ciegas se desarrollarán en cinco sesiones en las que participarán todos los concursantes seleccionados en los castings previos al PROGRAMA divididos en cinco grupos de aproximadamente unos veinte (20) CONCURSANTES cada uno.

En cada sesión, los CONCURSANTES interpretarán en el plató durante un tiempo limitado ante los COACHES, un tema musical. Mientras el CONCURSANTE esté interpretando su canción, cualquiera de los COACHES podrá seleccionarle para integrar su equipo accionando el dispositivo electrónico que hará girar su asiento hacia el CONCURSANTE. En el caso de que fueran varios los COACHES que hubieran seleccionado al CONCURSANTE, será éste quien elija el equipo del COACH al que se integrará.

Los equipos de los COACHES quedarán integrados por doce (12) CONCURSANTES, cada uno, que serán los que participen en la siguiente fase del concurso. Los CONCURSANTES que no fueran seleccionados para integrar alguno de los equipos de los COACHES, quedarán eliminados del concurso. Una vez que todos los COACHES hubieran elegido a los doce (12) integrantes de sus equipos, la fase de audiciones a ciegas se considerará terminada, aun cuando quedaran CONCURSANTES pendientes de actuar, los cuales quedarán automáticamente eliminados.

Cada COACH podrá activar durante todas las actuaciones y selecciones de CONCURSANTES, el botón de bloqueo de la silla asociado a otro COACH, que impedirá al COACH seleccionado con el bloqueo, que su silla se gire, y por tanto a elegir para su equipo al CONCURSANTE que estuviera en el escenario. El COACH que accione el bloqueo no queda obligado a integrar en su equipo al CONCURSANTE que estuviera actuando, salvo que fuera el único COACH que se gira para elegir al CONCURSANTE como miembro de su equipo.

Los COACHES también cuentan con el superbloqueo, que se puede dar en el momento de la valoración, cuando un COACH que se ha girado con un CONCURSANTE superbloquea a otro COACH que también se ha girado.

Si después de la interpretación del CONCURSANTE no se hubiera girado ningún coach, una vez volteadas las 4 sillas y en el momento de valoración, uno de los coaches podría arrepentirse de no haberse dado la vuelta y, pulsando el botón de arrepentimiento de su silla, ese CONCURSANTE pasaría directamente a su equipo. Esta opción la tienen los 4 COACHES una única vez por COACH.

La selección de los CONCURSANTES que integrarán cada sesión, la asignación de cada grupo a su turno de sesión, así como el orden de actuación de los concursantes en las mismas, serán decisiones inapelables de la PRODUCTORA que determinará libremente atendiendo a sus propios criterios técnicos, artísticos y musicales.

Con las grabaciones obtenidas en las cinco jornadas, LA PRODUCTORA confeccionará 6 episodios del PROGRAMA que mostrarán las Audiciones Ciegas. Los 6 episodios los confeccionará la PRODUCTORA editando libremente las grabaciones de algunas de las actuaciones obtenidas durante el desarrollo de las cinco sesiones, sin necesidad de respetar su orden cronológico y sin obligación de incluir todas las actuaciones de los CONCURSANTES en la grabación editada.

Al finalizar esta fase, a disponibilidad de LA PRODUCTORA, durante los meses de agosto y octubre de 2026, LA PRODUCTORA podrá dar una segunda oportunidad para participar en el PROGRAMA a un número a determinar de concursantes de entre los eliminados en las fases de AUDICIONES A CIEGAS y/o BATALLAS, que optarán a unas pruebas específicas que se explotarán en un medio a definir por LA PRODUCTORA , según el procedimiento que disponga LA PRODUCTORA, a través de las que se elegirá a dos (2) CONCURSANTES que pasarán a la fase de SHOWS EN DIRECTO (en adelante “EL REGRESO”).
II. Fase de BATALLAS (48 concursantes)

Estará compuesta por cuatro episodios grabados.

a) Batalla 1 y Batalla 2: episodio 7 y 8

Cada COACH dividirá en batallas de dos (2) a los doce (12) CONCURSANTES de su equipo para que realicen una interpretación musical. En cada uno de los dos episodios se enfrentarán 3 batallas por COACH, seis CONCURSANTES por COACH. Tras las interpretaciones, los 3 ganadores por cada COACH se sentarán en la grada de ganadores y los 3 eliminados se irán a la sala de backstage.

Cada vez que un equipo termina sus 3 batallas, se abre la secuencia de robo y los COACHES podrán robar un CONCURSANTE de los ganadores de otro equipo. Cada coach podrá robar 1 única vez durante los dos primeros programas de batallas. Los CONCURSANTES robados pasarán directamente al episodio 11 del PROGRAMA (1ª Gala de la fase Final).

En los episodios 7 y 8, El QUINTO COACH salvará a un (1) CONCURSANTE por episodio y por equipo de los CONCURSANTES eliminados que se encuentran en la sala de backstage.

Durante los dos primeros programas de batallas, cada COACH podrá dar en cualquier momento un pase directo a un (1) CONCURSANTE de su equipo que irá directamente a concursar en el episodio 11 del PROGRAMA (1ª Gala de la fase Final).

Los seis (6) CONCURSANTES por equipo que se encuentren en la grada de ganadores al final de los dos episodios de batallas concursarán en el siguiente episodio, batalla de ganadores.

Los CONCURSANTES que al final de cada uno de los dos episodios de batallas no se encuentren en la zona de ganadores (o hayan pasado al episodio 11 del PROGRAMA), quedarán eliminados del PROGRAMA.

b) Batalla de ganadores: episodio 9

Cada COACH dividirá en batallas de dos (2) a los seis (6) CONCURSANTES de su equipo para que realicen interpretaciones musicales. Se enfrentarán 3 batallas por COACH, seis (6) CONCURSANTES por COACH. Tras las interpretaciones, los 3 ganadores por cada COACH se sentarán en la grada de ganadores y los 3 eliminados se irán a la sala de backstage.

El QUINTO COACH salvará a un CONCURSANTE por equipo de los CONCURSANTES eliminados que se encuentran en la sala de backstage.

Los cuatro (4) CONCURSANTES por equipo que se encuentren en la grada de ganadores al final de la batalla de ganadores concursarán en el siguiente episodio, batallas cruzadas.

Los CONCURSANTES que al final de la batalla de ganadores no se encuentren en la zona de ganadores, quedarán eliminados del PROGRAMA.

d) Batallas cruzadas: episodio 10

Los dieciséis (16) CONCURSANTES que proceden de la grada de ganadores se enfrentarán a través de «duelos». LOS COACHES decidirán entre sí los 8 duelos de CONCURSANTES que podrán estar compuestos por CONCURSANTES de COACHES diferentes o del mismo COACH, de los que saldrán 8 ganadores que pasan al episodio 11 del PROGRAMA (1ª Gala de la fase Final).

En cada duelo, los CONCURSANTES interpretarán los temas musicales que le sean asignados. De cada DUELO, la audiencia del PROGRAMA según el sistema de votación que determine la PRODUCTORA elegirá qué CONCURSANTE continúa en el PROGRAMA.
III. Fase de GALAS FINALES (16 concursantes)

Estará compuesta de tres galas.

a) Primer directo: episodio 11
En esta primera gala, participarán dieciséis (16) CONCURSANTES: los ocho (8) ganadores de las batallas cruzadas y ocho (8) que proceden de las batallas 1 y 2 (1 pase directo y 1 robado, por COACH).

Los CONCURSANTES de cada COACH (en este momento podrá estar integrado por 2, 3, 4, 5 ó 6 CONCURSANTES) procedentes de la fase anterior, interpretarán individualmente los temas musicales que le sean asignados.

Tras las interpretaciones, la audiencia del PROGRAMA a través del sistema de votación que establezca LA PRODUCTORA, elegirá qué ocho (8) CONCURSANTES pasan a concursar al siguiente episodio.

El resto de los CONCURSANTES no elegidos para participar en el siguiente episodio, quedarán eliminados del PROGRAMA.

Si finalmente se realiza “EL REGRESO”, los dos (2) CONCURSANTES finalistas del “EL REGRESO” interpretarán al inicio de la gala de manera individual los temas musicales que le sean asignados. La audiencia del PROGRAMA a través del sistema de votación que se establezca elegirá el CONCURSANTE de “EL REGRESO” que sigue concursando, quedando el otro CONCURSANTE eliminado.

b) Segundo directo SEMIFINAL: episodio 12
Participarán ocho (8) CONCURSANTES en total. Cada CONCURSANTE interpretará individualmente y/o en grupo los temas musicales que le sean asignados.

La audiencia del PROGRAMA a través del sistema de votación que se establezca elegirá qué 4 CONCURSANTES pasan al siguiente episodio, con independencia del equipo del COACH en el que participen.

c) Tercer directo FINAL: episodio 13
Participarán (4) cuatro CONCURSANTES. Cada CONCURSANTE interpretará individualmente y/o en grupo los temas musicales que le sean asignados.

Al finalizar las actuaciones, la audiencia del PROGRAMA según el sistema de votación que determine la PRODUCTORA elegirá al ganador del PROGRAMA.

Las canciones que interpretarán los CONCURSANTES serán seleccionadas por la Dirección del PROGRAMA asistido por el COACH.

La PRODUCTORA podrá realizar cualquier modificación (tonos, ritmo, letra, instrumentos, etc) sobre las canciones a interpretar por EL CONCURSANTE, incluido la canción de las audiciones a ciegas.

El orden de las actuaciones de los CONCURSANTES en los episodios del PROGRAMA será libremente decidido por la Dirección de producción del PROGRAMA.

Los sistemas de votación de la audiencia del PROGRAMA serán establecidos libremente por LA PRODUCTORA, y podrán incluir votaciones a través de SMS, por internet, mediante descargas, etc.

Cualquiera de los CONCURSANTES en cualquiera de las fases del concurso, podrá ser requerido para participar junto con otros CONCURSANTES, COACHES, QUINTO COACH u otros artistas invitados en alguna actuación dentro del PROGRAMA.


5º) PREMIO

UNIVERSAL MUSIC SPAIN, S.L.U., producirá un single del ganador del concurso en los términos establecidos a tal efecto en el contrato de opción suscrito por UNIVERSAL MUSIC SPAIN, S.L.U., con todos CONCURSANTES del PROGRAMA.

6º) MISCELÁNEA

Para todo cuanto no esté previsto en las presentes bases, la Producción del PROGRAMA dictará las decisiones que libremente estime correspondientes, respetando, en todo caso, la estructura general y el equilibrio interno de las bases originales del PROGRAMA.

Todas las decisiones adoptadas por la Dirección del PROGRAMA, así como las de los COACHES en el ámbito de sus competencias serán inapelables y deberán respetarse por LOS CONCURSANTES aun cuando no compartieran las mismas.

Todo CONCURSANTE que no respetara las presentes bases, incumpliera las obligaciones de su contrato de participación en el PROGRAMA, no atendiera las directrices de la Dirección del Programa o mostrara un comportamiento irrespetuoso hacia el resto de CONCURSANTES, la audiencia del PROGRAMA, LA PRODUCTORA, ATRESMEDIA, ITV STUDIOS GLOBAL
PARTNERSHIPS B.V. o hacia los profesionales vinculados a estas empresas y al PROGRAMA, podrá ser automáticamente eliminado del CONCURSO, perdiendo con ello cualquier derecho derivado de su participación.

En el supuesto de que la producción del PROGRAMA fuera suspendida o cancelada por cualquier causa antes de su término, el concurso será igualmente cancelado en el estado en que ese momento se encontrase, sin obligación por parte de LA PRODUCTORA, UNIVERSAL MUSIC SPAIN, S.L.U., ATRESMEDIA y ITV STUDIOS GLOBAL PARTNERSHIPS B.V., de indemnización alguna a los CONCURSANTES.


ANEXO II – CALENDARIO DE PRODUCCIÓN

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